Nacionalidad originaria: es la nacionalidad que se produce en
razón del nacimiento de una persona, que da origen a múltiples consecutivas
jurídicas, vinculadas por supuesto al lugar “jus solis” y al “jus sanginis”
articulo 32 de la constitución y articulo 9 de la ley de Nacionalidad y
Ciudadanía.
Declaración
de voluntad numeral artículo 32 de la CRBV y 9
de ley de Nacionalidad y Ciudadanía.
Nacionalidad Adquirida: acto jurídico mediante el cual un
estado determinado acepta la voluntad de un extranjero de cambiar su
nacionalidad por la del país en el que reside artículo 33 de la CRBV y 21 de la
ley de nacionalidad.
Requisitos para obtener la carta de
naturalización
1
Tener pasaporte vigente
2
Hacer la manifestación de voluntad solicitando la naturalización
3
Tener cedula de identidad venezolana vigente
4
Constancias de domicilio en el país
5
estar residenciado en el país por más de 10 años
6
tener constancia de buena conducta expedida por dos personas de honorabilidad
comprobada
7
tener certificación de antecedentes policiales expedido por las autoridades del
país
8
constancias de ejercicios de acciones licitas en el país, comprobando que goza
de medios de vivir modestamente (honestamente)
Procedimiento para la naturalización artículo
26 de la ley de nacionalidad y ciudadana
Perdida de la nacionalidad
Nacionalidad
originaria: se produce por la efectiva adquisición de una nacionalidad
extranjera, teniendo ello efecto fundamental, en virtud de la voluntad del
sujeto.
Nacionalidad
Adquirida: Se produce cuando un individuo adquiere una nueva nacionalidad
___________________________________________________________, depende de la
voluntad del sujeto y del acto de soberanía y del estado que la concede.
Régimen
legal de la nacionalidad lo establece el
artículo 38 de la CRBV
Principio
de Doble nacionalidad articulo 34, 35 y 36 de la CRBV
Perdida,
renuncia o recuperación de la nacionalidad articulo 44, 45 y 46 de la ley de
nacionalidad y ciudadanía.
Causales
de pérdida de la nacionalidad artículo
48 de la ley de la nacionalidad
Recuperación
de la nacionalidad artículo 49 de la ley de nacionalidad y ciudadanía y
artículo 36 de la CRBV.
Prueba
de la Nacionalidad artículo 11 de la ley de nacionalidad y ciudadanía.
Ciudadanía
articulo 39, 40 y 42 CRBV y articulo 50, 51, 52 y 53 de la ley de nacionalidad
y ciudadanía
Articulo
32 al 38 CRBV nacionalidad
Articulo
39 al 42 CRBV ciudadanía
Ley
de Nacionalidad y Ciudadanía
Articulo
9 al 14 – 16 -21- 26 27 -36 – 37 – 44-45 – 48 al 52
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